Mostrando entradas con la etiqueta ley de las 12 tablas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta ley de las 12 tablas. Mostrar todas las entradas

martes, 26 de septiembre de 2023

HISTORIA CONSTITUCIONAL ROMANA (1): LA MONARQUÍA (753-509 a.C) | 3. Jurisprudencia pontifical

 4.  Jurisprudencia pontifical  

 

En época antigua, el conocimiento del derecho se circunscribe al ámbito del colegio de los pontífices5. Los pontífices respondían a las preguntas que les formulaban particulares, magistrados y jueces acerca de cuál era el derecho aplicable a un caso concreto.  

El número de integrantes en época antigua era muy reducido- en origen 3, uno por cada tribu gentilicia- luego, cinco; con el aumento establecido por la Lex Ogulnia en el 300 a.C. que abrió el colegio pontifical a los plebeyos se alcanzó la cifra de 9 pontífices.  

 

Los pontífices eran patricios y elegidos dentro del propio colegio pontifical. Además de su autoridad en el ámbito sacral y su participación en la organización institucional romana, destacaba su capacidad y preparación intelectual que les habilitaba como guardianes idóneos de los saberes y conocimientos más importantes para la comunidad. Su condición no era incompatible con otros cargos de gobierno, de ahí que muchos dirigentes de la aristocracia senatorial pertenecieran al colegio pontifical, dada su importancia.  


HISTORIA CONSTITUCIONAL ROMANA (1): LA MONARQUÍA (753-509 a.C) | 3. Derecho primitivo

  1. 3. Derecho primitivo 

 

  1. 1. Mores maiorum y leges regiae 



  1. 1.1 Mores maiorum: 

Normas de conducta no escritas nacidas en el seno de la comunidad y que por su continua observancia se convertían en vinculantes. Son las costumbres o usos tenidos como reglas de conducta por los antepasados.  

 

  1. 1.2 Leges regiae 

Preceptos sacros y jurídicos atribuidos a los reyes y que habrían sido ordenados a fines del siglo VI a.C. por el pontífice Sexto Papirio. De ahí que se llame a esta colección ius Papirianum. Debieron ser normas dadas por los reyes en el ejercicio de sus funciones.  

 

  1. 2. Ley de las XII Tablas 



A mediados del s. V a.C. se realiza una codificación de los preceptos jurídicos y también funerarios, que se llama ley de las XII Tablas. Según la tradición, debe su realización a la lucha patricio-plebeya y a la exigencia de los plebeyos de que el derecho estuviera fijado por escrito.  

En el 451 a.C. se crea el colegio de los decemviri legibus scribundis compuesto de 10 patricios, para que fijen el derecho vigente y asuman el poder político durante el tiempo de su actuación (se suprimen las magistraturas ordinarias). Durante un año, los decemviri administran con justicia y elaboran 10 tablas legislativas que presentan para su aprobación a los comicios centuriados. Dado que la tarea legislativa no había sido terminada se nombra a una nueva comisión de 10 miembros, esta vez con inclusión de 3 plebeyos, que elaborarán las dos últimas tablas. Sin embargo, esta última comisión pretendió usurpar el poder más allá del año para el que había sido designada, lo que provocó una revolución popular que restauró la constitución normal de la ciudad y eligió dos cónsules que fueron los que publicaron las leyes decenvirales en doce planchas o tablas de madera.  

 

En definitiva, la ley de las XII Tablas es la fijación por escrito del derecho tradicional anterior (mores maiorum) custodiado por los pontífices, cuya realización obedece a la pretensión plebeya de que el ius estuviera fijado por escrito y cuya trascendencia no radica tanto en los preceptos recogidos como en su publicación.  

 

El objetivo de las XII Tablas era acabar con el monopolio del colegio pontifical en la aplicación del derecho. Sin embargo, su publicación no evita que la jurisprudencia pontifical siga siendo esencial en el desarrollo y aplicación del derecho porque las XII Tablas no recogían todo el derecho vigente y, además, el derecho contenido seguía necesitando la interpretatio de la Jurisprudencia para su aplicación y desarrollo.  

HISTORIA CONSTITUCIONAL ROMANA (2): LA REPÚBLICA (509-27 a.C) | 4. La jurisprudencia republicana

  4. La jurisprudencia republicana     4.1 De los pontífices a la jurisprudencia laica     El monopolio del derecho y del poder político por...